Causa Raíz

INVESTIGACIONES DE CAUSA RAÍZ (ICR)

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Genermasa Oíl and Gas S.A. de C.V. cuenta con la Autorización TA-D-A05-08/2018, por ASEA, para liderar y emitir informes de Investigación de Causa Raíz de eventos ocurridos en el sector hidrocarburos, conforme a lo establecido en las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los lineamientos para que los Regulados lleven a cabo las Investigaciones Causa Raíz de Incidentes y Accidentes ocurridos en sus Instalaciones.

 

Los lineamientos son de observancia general, y tienen por objeto establecer las bases para llevar a cabo las Investigaciones Causa Raíz, después de haber ocurrido un incidente o accidente, vinculado con las actividades del Sector Hidrocarburos que desarrollan los Regulados.
Son aplicables para todas las actividades del Sector Hidrocarburos, a las que se refiere el artículo 3, fracción XI, de la Ley de la ASEA.
El Regulado por sí o por interpósita persona, deberá llevar a cabo las ICR, conforme a la siguiente clasificación de Eventos.

 

I. Se tratará de un Evento Tipo 3, cuando ocurra:


a) Simultáneamente, una o más muertes de personal, daño a las instalaciones e interrupción de operaciones de las actividades del Sector Hidrocarburos;
b) Simultáneamente, lesiones al personal, daño a las instalaciones e interrupción de operaciones de las actividades del Sector Hidrocarburos;
c) Simultáneamente, evacuación de personal, daños a las instalaciones e) interrupción de operaciones de las actividades del Sector Hidrocarburos;
d) Muertes o lesionados de la Población;
e) Se requiera la evacuación de la Población,
f) Exista la liberación al Ambiente de una sustancia o material peligroso que rebase los límites de las instalaciones del Regulado.

II. Se tratará de un Evento Tipo 2, cuando ocurra:

a) Muerte de una o más personas dentro de las instalaciones del Regulado,
b) Simultáneamente, daños a las instalaciones e interrupción de operaciones de las Actividades del Sector Hidrocarburos,
c) Exista la liberación al Ambiente de una sustancia o material peligroso dentro de los límites de la Instalación del Regulado.
III. Se tratará de un Evento Tipo 1, cuando ocurra:
a. Lesiones del personal que requieran incapacidad médica causadas en el ejercicio o con motivo de las actividades que realiza en el Sector Hidrocarburos,
b. Daños a las instalaciones, sin interrupción de operaciones de las Actividades del Sector Hidrocarburos, o
c. Fallas o errores en la operación de equipos en las que se involucren Equipos de Fuerza.

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